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La iniciativa propone que los aparatos cuenten con un registro y habilitación, además que cuenten con un permiso especial para volar a cierta altura y también la normativa permitirá derribar los aparatos que no cumplan con las medidas exigidas.
El doctor Oscar Bogado, director del Instituto de Derecho Aeronáutico de la Facultad de Derecho y catedrático de Derecho Aeronáutico, además de asesor de la carrera Ingeniería Aeronáutica de la Politécnica de la UNA, comentó que hoy miércoles, a las 11:00 horas, se realizará una audiencia pública en el Parlamento para debatir sobre el anteproyecto de reglamentación del uso de los dones, que “son aeronaves sin pilotos”.
El entendido señaló que la falta de una normativa es una preocupación nacional y también en el extranjero. En ese sentido indicó que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) manifestó que se debe reglamentar el uso.
Bogado comentó que actualmente los drones son utilizados más con fines comerciales y ya no tanto para recreativos. “Muchos ya están equipados con cámaras para captar imágenes e ingresan a espacios aéreos segregados, que son los utilizados para los vuelos a los distintos puntos. Allí entra a un espacio controlado y entonces no puede desconocer el tránsito aéreo porque puede existir el peligro de colisión”, añadió.
El especialista recordó que en una oportunidad se registró un incidente en la zona del aeropuerto y que a nivel internacional ocurrieron dos. “Los drones al impactar con el avión hasta pueden ocasionar daños a las aeronaves”, advirtió.
Otro punto que se pretende reglamentar tiene que ver con la privacidad de las personas en sus viviendas, de modo a que ningún dron esté captando imágenes de los ciudadanos cuando estos están en sus residencias.
En cuanto a la altura, Óscar Bogado comentó que estará permitido para los fines recreativos entre 10 y 15 metros, y que para los demás deben contar con permiso, porque ya ingresan al espacio aéreo, porque algunos hasta llegan a alcanzar los 5.000 metros de altura. “Para volar sobre cierta aglomeración de gente no se puede hacer a menos de 300 metros”, añadió.
También la propuesta estipula la creación de un registro especial de los drones y además de una habilitación de la Dinac para manipularlos, con toda la documentación del propietario y del aparato. Esto se debe a que actualmente se registra una laguna jurídica.
En cuanto a las sanciones, dijo que esto se regirá con las Faltas del Código Aeronáutico. Ejemplicó que puede darse el caso de una multa de 5.000 jornales mínimos de no respetar el reglamento.
Otro punto regulado es la facultad dada a la Fuerza Aérea para interceptar los drones, derribando los aparatos y que esto no conlleve a una carga monetaria al Estado por la determinación tomada. Esta medida podría realizarse cuando un dron no es identificado en los controles.
El especialista detalló que el anteproyecto mencionado es aceptado por la Dinac y la Fuerza Aérea. “Esto está con el visto bueno y además ya tiene un dictamen del Instituto Iberoamericano de Derecho Aeronáutico del Espacio de Aviación Comercial, que tiene su sede España. Estamos muy bien de ese lado”, añadió.