La institución a su cargo incluyó la incorporación de instrumentos internacionales a modo de que la reforma sea integral y promocione el clima de negocios en el sector aeronáutico.
Destacó que en las mesas de trabajos se contó con el apoyo del Presidente de la DINAC, Econ. Luis Aguirre y con la Cancillería Nacional. La Presidencia de la República remitió al Congreso Nacional para su estudio pertinente, los siguientes instrumentos: La Convención de Ciudad del Cabo y el Protocolo Aeronáutico.
¿Qué son la Convención de Ciudad del Cabo y el Protocolo Aeronáutico?
Los instrumentos mencionados son herramientas internacionales que pretenden ser el vehículo para facilitar el acceso al crédito como punto principal, pero que lleva varios matices como el de seguridad jurídica, celeridad procesal, armonización normativa e incorporación de estándares internacionales. Estos instrumentos fueron respuestas a las grandes controversias legales que se originaron con el crecimiento del comercio transfronterizo, la globalización del sector aeronáutico, la disparidad de jurisdicciones y las distintas recesiones económicas. En mismo sentido, ambos instrumentos fueron auspiciados por instituciones prestigiosas en el sector como ser: OACI (Organización Aeronáutica Civil Internacional), Airbus, Boeing y UNIDROIT (International Institute for the Unification of Private Law).
¿Cómo funcionan estos instrumentos?
Estos instrumentos afectan directamente al acreedor (cualquier entidad financiera internacional) y deudor (aerolíneas). La Convención de Ciudad del Cabo es un instrumento madre, en el cual se establecen generalidades en materia procesal, ejecución e insolvencia. Dicha convención tiene 3 protocolos. Uno de ellos – el que nos interesa – es el Protocolo Aeronáutico. Este trata más en detalle al bien específico, con definiciones, plazos en días para ejecución, medidas cautelares, relación con la autoridad administrativa (DINAC), etc. El Protocolo en particular, crea un registro internacional (similar a registros públicos, pero con características internacionales) que está a disposición de cualquier persona física o jurídica para consultar, registrar, investigar, etc., a cambio de una tasa mínima en dólares americanos. El proceso en sí, está supeditado al contrato consensuado y voluntad entre acreedor y deudor. Los límites nacionales y diferentes jurisdicciones dejan de ser unas barreras en las relaciones jurídicas, pudiendo constituir hipotecas en cualquier país del mundo que adopte estos instrumentos, y ser reconocidos en ellos.
¿Por qué recién ahora se impulsa la incorporación de este instrumento, considerando que data del año 2001, y que beneficios trae al Paraguay?
El Gobierno, mediante el Equipo Económico Nacional, se ha pautado una agenda en aras al mejoramiento del clima de negocios. Para ello, hemos identificado varias acciones a llevar adelante, cambiando prácticas administrativas obsoletas y dando un nuevo modelo de gestión. Ello implicaba equiparar las oportunidades existentes, mejorar la iniciativa privada e innovación, y facilitar mecanismos de generación de riqueza. El Ministerio de Justicia, lideró la plataforma de acceso al financiamiento mediante reformas normativas con impacto social y económico. Se busca incluir a personas jurídicas y físicas como sujeto a crédito con una reforma integral del sistema prendario del Paraguay. Un diagnóstico realizado en el 2015, ratifico un flagelo que sufre Paraguay, cual es el acceso al crédito. En mismo sentido, dicha reforma aporta un cambio de paradigma a la práctica judicial, puesto que habilita vías más rápidas y confiables a las existentes.
Con la colaboración del International Finance Corporation del Grupo Banco Mundial, el Ministerio de Justicia tuvo acceso a su base de datos de buenas prácticas y expertise para dicho emprendimiento normativo. Con la inclusión de estos instrumentos, se contribuye al sector aeronáutico, además del emprendimiento vía APP de la nueva terminal aeroportuaria Silvio Pettirossi, buscando la anhelada conectividad óptima.
En cuanto a los beneficios para el Paraguay podemos destacar varios. Primeramente, se elevará la vara de seguridad jurídica. Segundo, el sector aeronáutico paraguayo estará bajo la lupa del Aviation Working Group, que incluye empresas como: AERCAP, AIRBUS, AIRCASTLE, ATR, AVIATION CAPITAL GROUP, AVOLON, AWAS, BNP PARIBAS, BOC AVIATION, BOEING, BOMBARDIER, CIT, DEUSTCHE BANK, DVB, DBJ, EMBRAER, ENGINE LEASING FINANCE CORPORATION, GE AIRCRAFT ENTERPRISES, PRATT & WHITNEY, ROLLS ROYCE, MORGAN STANLEY, entre otras, con un espectro potencial de negocios. Tercero, daríamos al marco normativo mejor estatus internacional, mejorando las calificaciones en clima de negocios a nivel internacional. Cuarto, se introducirían nuevos conceptos al sistema jurídico paraguayo, como la insolvencia internacional. Quinto, cumpliendo el mandato presidencial de lograr la inserción del país al mundo, respetando y haciendo respetar nuestra soberanía nacional.
¿Qué sucedería si Paraguay no incorpora estos instrumentos?
Primero, conviene aclarar que en cuanto a estándares internacionales, fue el país, por iniciativa propia quien propuso, llevó adelante el estudio y consensuó el mecanismo dentro del Poder Ejecutivo para la incorporación del mismo. No se sirvió de recomendación de un organismo internacional ni consultor externo para llevar adelante dicho emprendimiento.
En mismo sentido, el Paraguay, en un mundo globalizado, no puede quedar fuera de la armonización normativa ni de las tendencias que beneficien al clima de negocios. Con la nueva construcción de la terminal aeroportuaria y la consecuente invitación de aerolíneas internacionales para operar en el país, la incorporación de estos instrumentos serían una urgencia en el corto plazo, ergo, el Gobierno Nacional se anticipó a los hechos y ya prepara la cancha para que los jugadores internacionales tengan el escenario adecuado.
Respondiendo a tu pregunta, que sucedería en caso de no incorporación, en principio nada. Pero claramente no tendríamos una mejora del marco normativo, no estaríamos al nivel de juego como exige la plana internacional, y eventualmente, dependeríamos de factores externos que nos “obliguen” a incorporarlos, degradando nuestra soberanía administrativa.
¿Cómo ve la producción legislativa nacional? ¿Traen calidad estos instrumentos al marco normativo aeronáutico?
No cabe duda que la producción legislativa nacional no está teniendo la calidad que una sociedad tan homogénea como la nuestra necesita. Estamos viendo más cantidad que calidad en materia de leyes. Esta administración 2013 – 2018 ha impulsado textos legislativos de enorme impacto social, económico y comercial, siendo estos dos instrumentos ejemplo de ello.
Dentro del Ministerio de Justicia contamos con una Dirección de Análisis Legislativo, que dentro de su limitada capacidad, hemos conseguido recomendar a la Presidencia de la República, remitido dictámenes no vinculantes a las distintas cámaras del Congreso, entre otras respecto a anteproyectos.
Creo que el gran logro de esta administración ha sido demostrar que un Ministerio de Justicia pro activo trae beneficio a la administración publica, y será tarea del próximo gobierno 2018 – 2023, darle el espacio pertinente en una eventual reforma judicial.