Más de una vez habrás leído o escuchado que algunas líneas aéreas se ampararon en el pasado, e inclusive en la actualidad – como la colombiana Avianca en las últimas semanas – al Capítulo 11 de la Ley de Quiebras de los Estados Unidos. Al hablar de la palabra “Quiebra” es casi instintivo suponer que se trata de un cierre de la compañía por insolvencia, pero en realidad, esto no es así. Te lo explicamos.
El Capítulo 11 de las Ley de Bancarrotas, permite a las empresas en general inscriptas en los EE.UU. que presenten inconvenientes de liquidez, a ser protegidas de sus acreedores por un plazo determinado, a la vez de ser supervisadas en su gestión y funcionamiento temporal hasta tanto las afectadas elaboren y validen un plan de reorganización para así continuar funcionando.
American Airlines, Delta Air Lines y United Airlines, por citar ejemplos, se ampararon en el Capítulo 11 luego de los atentados terroristas del 11 de setiembre de 2001 en los EE.UU., en vista que dada la magnitud de la situación que la aviación experimentó posterior a esos eventos, no les fue posible afrontar sus enormes costos estructurales y la casi inexistente demanda de pasajeros, por lo que gracias a esta protección, salieron fortalecidas y victoriosas y disfrutaron de casi dos décadas de superávits.
No es de extrañar que más de una línea aérea busque beneficiarse de esta oxigenación en el corto y mediano plazo. Avianca fue la primera víctima del Covid-19, pero se debe tener en cuenta que su matriz ya arrastraba problemas de flujo desde hacía varios ejercicios fiscales.
En resumen y en palabras sencillas, que una firma aérea solicite voluntariamente adherirse al Chapter 11 como fórmula para sortear una crisis, no implica que vaya a dejar de volar.