Transcribimos el siguiente comunicado emitido por la Junta de Representantes de Líneas Aéreas Internacionales en Paraguay (JURCAIP) ante lo que consideran prestación irregular del servicio de taxi aéreo en Paraguay.
Asunción, 20 de diciembre de 2021
Ing. Félix Kanazawa
Presidente Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC)
Presente
Ref. JURCAIP – Prestación informal de servicios de taxi-aéreo
Nos dirigimos a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) en nombre y representación de la Junta de Representantes de Líneas Aéreas Internacionales en Paraguay (JURCAIP).
No caben dudas que la pandemia generada por el COVID-19 ha afectado negativamente el tráfico aerocomercial. El volumen de pasajeros transportados ha caído drásticamente. Ahora bien, a pesar de esta marcada situación en nuestro sector, también es cierto que otros – apuntalados quizás por las dificultades
logísticas propiciadas por las restricciones sanitarias- han experimentado un notable crecimiento.
En este sentido, uno de ellos es el relacionado con la prestación informal de servicios de taxi-aéreo, tanto nacional como internacional desde el Paraguay. En efecto, varios de nuestros miembros reportan que estos operadores: i) ofrecen servicios de taxi-aéreo en la misma terminal del AISP, así como a través de las
redes sociales; y ii) emiten facturas donde consignan que el servicio adquirido es el de “taxi-aéreo”.
La JURCAIP refiere a la “prestación informal del servicio” ya que los operadores que ofrecen el servicio de taxi aéreo, en su gran mayoría, no cuentan con el certificado de explotador de servicios aéreos (CESA), es decir no han pasado por el proceso de certificación ni se encuentran bajo la vigilancia de seguridad operacional de la DINAC. Por lo tanto, dichos operadores no pueden realizar vuelos de taxi-aéreo.
Una revisión del propio listado de la DINAC revela que solo 5 operadores cuentan con CESA habilitado bajo el DINAC R 135, pero solamente para operaciones nacionales. Cabe resaltar que además de representar una falta gravísima a la normativa aeronáutica nacional, la prestación informal del servicio de taxi – aéreo constituye un riesgo superlativo para todo el sistema de aviación civil nacional. Asimismo, tampoco puede ser soslayado el hecho – tal cual lo demuestra la experiencia internacional – que de existir un accidente aéreo en el que se encuentre involucrado un operador informal de taxi aéreo- su seguro aeronáutico no cubriría los eventuales daños emergentes por su responsabilidad civil, ya que las pólizas expresamente excluyen sucesos o incidentes cuando el operador no cuente con todas las licencias requeridas bajo la legislación local.
La seguridad operacional de todo el sistema es siempre la prioridad de todas las líneas aéreas. Los pasajeros deben acceder a servicios aéreos seguros y confiables. La JURCAIP considera que el incremento de las operaciones informales de taxi – aéreo representa un gravísimo riesgo para el sector. Por lo tanto, la JURCAIP insta a que la DINAC investigue seriamente el tema y aplique las sanciones correspondientes a los infractores de la normativa aeronáutica.
Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para saludarlo muy cordialmente.