*Foto portada: JEFFREY GROENEWEG AND HOLLANDSE HOOG, REDUX
En la noche del martes 22 del corriente mes, la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (ANVISA) emitió un comunicado exigiendo nuevamente el uso obligatorio de mascarillas dentro de los aeropuertos y aeronaves debido al aumento de casos de COVID-19 que se viene registrando en el vecino país.

Esta nueva medida entrará en vigencia a partir del viernes 25 de noviembre dentro del territorio brasileño, aunque no se especifica si la misma medida será obligatoria para los vuelos internacionales que arriban al Brasil. Ese mismo día, la ANVISA había aprobado el uso temporal de las vacunas bivalentes contra el Covid-19 de Pfizer que será suministrada cómo refuerzos para todas aquellas personas a partir de 12 años.
Entre las exigencias de la ANVISA, se especifica que entre las mascarillas prohibidas se encuentran:
- Máscaras de acrílico o plástico.
- Máscaras con válvulas de exhalación.
- Máscaras caseras hechas con telas o aquellas que están compuestas con una sola capa o que no respeten los requisitos mínimos establecidos en la ABNT PR 1002.
Según la resolución, las mascarillas deben llevarse ajustadas a la cara, cubriendo la nariz, la barbilla y la boca, minimizando los espacios que permiten la entrada o salida de aire y gotas respiratorias. El uso de las mascarillas no será obligatorio para aquellas personas con trastorno del espectro autista, discapacidad intelectual, discapacidad sensorial o cualquier otra discapacidad que les impida llevar correctamente la mascarilla, así como a los niños menores de tres (3) años.
Solo se podrá quitar la mascarilla en las zonas de alimentación de los aeropuertos para consumir alimentos o para hidratación, está misma norma se aplica dentro de las aeronaves.